Maracay,7 de mayo de 1997
Contenido:
Relicto
José Luis Yánez Andrade
(No se analizan aquí los tepuis, testigos de tiempos
pretéritos)
El Panfleto a través de
Rufino Blanco Fombona
Delia Barreiro Pérez
(Un panfletario con convicciones)
Breves de la USR: ¡Pase
el viernes!
Héctor Freneites
(Todas las Cajas de Ahorro no trabajan de la misma forma)
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La gran mayoría del profesorado de la USR completó su escolaridad entre las décadas de los años sesenta y setenta. Su formacióna académica se vió influenciada por el proceso socio-político del derrocamiento de la dictadura y lo que algunos autores han llamado el período democrático.
Los profesionales formados en aquella época tienen en común el haber asumido posiciones críticas. Tienen muy claro lo que el país espera de ellos y el papel que les toca desempeñar en esta sociedad, independiente de su posición ideológica.
La historia de la USR nos presenta un cuadro desolador y lleno de contradicciones cuando vemos que cada vez es menor el número de profesores que asumen una posición crítica ante los desafueros de las autoridades, que ponen en peligro la vigencia del proyecto universitario.
El sector crítico cada vez es más reducido, por dos razones fundamentales: cada vez es mayor la posición de indiferencia: no expresar, no discutir, no disentir, callar, callar y callar... Por otra parte, otro sector ve como alternativa llevar su proyecto de universidad a otras instituciones, emprender otras actividades donde se sienta realizado. Este conjunto tiene en común el ser consecuente con lo que se aprendió durante la formación académica y buscar la oportunidad que se niega en la USR.
El sector crítico de la USR se ha reducido a una especie de relicto, para calificarlo usando un término utilizado en las ciencias sociales y naturales. En este proceso de reducción de la masa crítica de la institución vemos cómo la USR, dirigida por Andrés Pastrana, cada vez se asemeja más a un club privado, o a la seccional de un partido cualquiera, con sus vicios y corruptelas.
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Según el Diccionario de la Real Academia, panfleto es un "Libelo difamatorio. Opúsculo de carácter agresivo". Tendríamos que buscar las definiciones de libelo y opúsculo para tener una idea general acerca del término. Podríamos entonces decir que es una obra científica o literaria en que se denigra o infama a personas o cosas, llevando generalmente, el calificativo de infamatorio.En la literatura del siglo pasado y comienzos de éste, era muy común este tipo de escritos, así como algunos que aunque no llegaban a ser considerados como panfletos en el estricto sentido del término, tenían como fin exactamente el mismo, agredir, difamar o contestar una infamia; los escritores de esa época recurrían a los periódicos para dar rienda suelta a sus pensamientos, comúnmente en el campo de la política.
Rufino Blanco Fombona poseía un arma con la que libraba sus grandes batallas: el panfleto. Sus artículos periodísticos en El sol de Madrid lo hicieron famoso. Pedro Emilio Coll le decía en una carta a Pocaterra "A Rufino le temen", y era verdad, porque en ese campo podía hasta rivalizar con Vargas Vila, cuyos sarcasmos políticos eran temidos por los dictadores. El mismo Blanco Fombona en 1933, escribía: "Dos fatalidades avillanan mi literatura: el haber tenido que contener durante un cuarto de siglo con el más soez patán, zafio autócrata aldeano, de lodosa alpargata, y el haber incurrido en ese delito feo, de lesa majestad artística, a que nos constriñe nuestra época: escribir en los periódicos".
No hay nada sorprendente en la serie de incidentes políticos que mojonan su vida, sino en la serie de libros con que los trasmuta en operaciones exaltadas y vengativas. De la balacera en el pueblecito de Valle Bajo, que da lugar a su primer encarcelamiento, saldrá uno de sus furiosos panfletos: "Ignacio Andrade y su gobierno" (1900), al cual rotula con una fórmula que no admite la mínima declinación: "Una página de historia". Del tiroteo con los militares por órdenes del gobernador del Estado Zulia, Benjamín Ruiz, saldrá su folleto "El negro Benjamín Ruiz" (1901), donde ya se ha perfeccionado en el arte de la injuria, apoyado en el creciente sentimiento de su excelsa personalidad. De su enfrentamiento con el presidente J.V. Gómez, que le acarreó un año de cárcel en La Rotunda, saldrán no sólo el "Judas Iscariote" (1912) con que contesta desde Europa al folleto infamatorio que el gobierno venezolano había publicado subrepticiamente el año anterior (Leprosía moral, Nueva York,1911), sino también los "Cantos de la prisión y del destierro" (1911).
El arte de la injuria lo practicaron alegremente todos los escritores. Fue parte del oficio y parte importante de la fijación de la "imagen" que querían proyectar en el medio. Las polémicas derivaron frecuentemente a ejercicios de infamación, proliferaron los folletos calumniosos y anónimos, los mensajes verbales procuraban aniquilar al adversario como si fueran descargas de artillería y se construyó una espesa red de terrorismo verbal que comprometió a todos dentro de sus condiciones, por razones ofensivas o defensivas que a la postre disolvieron sus límites y se entremezclaron.
Rufino Blanco Fombona "quiere imprimir al modernismo imperante en su época, un poderoso aliento primitivo y bárbaro" como dice Mariano Picón Salas. Sus obras son una muestra valiosísima de ese rico período de las letras nacionales. Más que ideas o sistemas, su obra literaria expresa impresiones e instintos. Y en la larga lucha de panfletos, artículos de periódicos y otros escritos, que él sostuviera contra la dictadura de Gómez, al servicio de su violencia y su sátira ha puesto todas las otras formas de expresión literaria, desde el estudio histórico hasta la novela. La literatura ha sido para él, permanente hazaña y combate. "Literatura entendida y utilizada como arma de combate, como prédica de progreso, como vehículo de enseñanza y como programa de acción y hasta de gobierno" (Arturo Uslar Pietri, "Camino de las letras venezolanas", 1969).
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Tenemos que dedicarnos a nuestra Caja de Ahorros porque nuestros flamantes consejos: Administración y Vigilancia, en vez de "velar por los intereses de sus afiliados por todos los medios a su alcance", más bien actúan sincronizadamente para:
En el caso de la Asamblea de Socios el Consejo de Administración está convocando a lo delegados a una Asamblea Ordinaria, el 08-05-97. Hora: 10 am. ¿Qué sucede con estos fulanos delegados? Son ilegales. El Estatuto nuestro, Art. 16, parágrafo único: Las asambleas parciales por zonas para la designación de delegados serán celebradas de acuerdo al Reglamento que se dicte al efecto. ¿Alguien conoce este Reglamento? ¿Quién o quiénes lo elaboraron? ¿Quién lo autorizó? Hasta ahora no hemos obtenido respuestas.
Posteriormente en reunión del 23-09-96 los Consejos de Administración/Vigilancia dictan "Normas sobre funcionamiento de la Asamblea de Delegados", amparados en las atribuciones conferidas en los artículos 16, 17 y 35 de nuestros estatutos; 38 de la Ley General de Asociaciones Cooperativas y 32 del Reglamento de esa misma ley. Veamos:
Art. 16: Los órganos administrativos y control de la asociación son:
¿Qué hicieron estos juristas? De un plumazo omiten a la Asamblea de Asociados y ellos usurpan la potestad de la dicha Asamblea.
Art. 17: "la Asamblea de Socios es la autoridad suprema de la Caja de Ahorros y sus acuerdos obligan a todos los Asociados..." Aquí los alegres miembros de los Consejos Administración/Vigilancia se arrogan para sí la autoridad suprema de la Caja de Ahorro. Y la Asamblea de Asociados...bien, gracias.
Art. 35: refiere que "el Consejo de Administración tendrá a su cargo la administración, dirección de todos los negocios socio-económicos de la institución..." Aquí se precisa la labor del Consejo de Administración, en ningún momento habla de usurpar las prerrogativas de la Asamblea de Asociados.
Art. 38: Ley General de Asociaciones Cooperativas. "Cuando el número de asociados o el domicilio de estos haga impracticable la realización de la Asamblea, ésta podrá ser sustituida por una Asamblea de Delegados por distritos, que serán designados a lo que pauten los estatutos, según la naturaleza de la cooperativa".
Aquí se explicita la Asamblea de Delegados, pero de acuerdo a los Estatutos. Y estos son los nuestros, Art. 16, parágrafo único, arriba mencionado.
Art. 32: Reglamento de la Ley General... ratifican el Art. 38 de la Ley General y precisa: "...los asociados de esats cooperativas participarán en estas asambleas en la forma que prevean los estatutos". Y esos estatutos son los nuestros, Art. 16, parágrago único.
¥Así que esas llamadas atribuciones para dictar las "Normas sobre funcionamiento de la Asamblea de Delegados" son chimbas. Ilegales. Lo que buscan a todo precio es desconocer el Artículo 25 de nuestros estatutos sobre las funciones de la Asamblea de Asociados.
¥¿Y que contienen las "normas chimbas"? Ni más ni menos que atribuirle a los Delegados reunidos en Asamblea, las mismas atribuciones que tiene la Asamblea de Asociados. Los miembros de los Consejos de Administración/Vigilancia modificaron los Estatutos de CATAUNESR, usurpando una de las funciones privativas de la Asamblea de Asociados, cual es modificar los estatutos.
A los usurpadores de las funciones de la Asamblea de Asociados les ratifico que la Asamblea de Asociados no ha delegado en nadie sus funciones privativas, como consta en el Art. 25 de nuestros estatutos.
¥Pero hay más. Los habilidosos integrantes de los Consejos de Administración/Vigilancia, le confieren a la Asamblea de Delegados, ocho de las nueve funciones privativas de la Asamblea de Asociados, según nuestros estatutos.
La función privativa que no incluyen es la h) "Revocar el mandato a los miembros del Consejo de Administración por las causas dispuestas en el Artículo 30 del Reglamento". Realmente el artículo que se alude es el 38 del Reglamento de la Ley General de Asociaciones Cooperativas.
"Serán causales para que la Asamblea remueva a los miembros del Consejo de Administración las siguientes: a)no haber convocado oportunamente a la Asamblea; b) haber admitido asociados que no llenen los requisitos legales y estatutarios; c)no haber rendido cuentas en los términos y plazos fijados en la Ley, el Reglamento o los Estatutos, o por haber sido desaprobadas las que hubieren rendido; d)manejo doloso de los fondos y bienes de la cooperativa; e)cualquier otro caso de dolo, negligencia o impericia manifiesta en el cumplimiento de sus actividades."
En el caso del escamoteo de las utilidades. Por todos es conocido lo que hicieron el año pasado: nuestras utilidades fueron arbitrariamente repartidas así: una mitad a capitalización y la otra mitad abonada directamente al socio.
En esa oportunidad instamos a que se precisara a cada uno de los socios: Haberes para ese momento, y así poder conocer sobre la capitalización de la mitad de las utilidades. Esto no se pudo conocer nunca. Ahora, van a convocar una Asamblea (ilegal) de Delegados y en la convocatoria no dicen nada sobre las utilidades.
El Art. 81 de nuestros estatutos es muy claro:
"Al cierre del ejercicio que será el 31 de diciembre de cada año, las utilidades netas obtenidas serán repartidas así: El diez por ciento (10%) pasará a la Reserva de Emergencia hasta que esta alcance al veinticinco por ciento (25%) del total de los recursos económicos de la Asociación; el remanente será repartido entre los socios proporcionalmente a sus haberes para la fecha del cierre, abonándose el monto de dichas utilidades a la cuenta personal de cada uno de los socios. Los remanentes acumulados sobre el veinticinco por ciento que constituirá la Reserva de Emergencia, serán destinados a formar el Fondo de Reserva para planes de vivienda que regirá conforme a lo previsto en el Reglamento que se dicte al efecto..."
Esto es muy claro. 10% para la Reserva de Emergencia y el resto, 90% será repartido entre los socios.
¿Cuánto es el monto de esa Reserva de Emergencia? ¿Cuánto es el monto del Fondo de Reserva para planes de vivienda? ¿Reglamento para el plan de vivienda? La prioridad es: vivienda.
¥En el conflicto universitario fuimos los únicos desasistidos por su caja de ahorro. Ellos estaban pendientes de la "Salud de la Caja", no la de los socios. Y...claro, los carros.
¥Independientemente de nuestras diferencias la Caja de Ahorro es un patrimonio colectivo. El manejo no puede ser excluyente de: amigos y enemigos.
¥Los Consejos de Administración/Vigilancia se han manejado con la única finalidad de desconocer la autoridad suprema de la Asamblea de Asociados. Y ello los ha llevado a violentar los Estatutos de la Caja de Ahorros.
¥Nos datean: en la Asamblea de Delegados del 08-05-97, el Consejo de Administración de CATAUNESR pretende que los autoricen a comprar un lote de terreno por un valor aprox. de Bs. 100 millones. ¿Dónde? Río Chico.
¥En la convocatoria enviada por el Consejo de Admininstración a los delegados, no incluyen:
¥El Consejo de Administración en un comunicado habla de una eficiencia comparando el período 95 con el resultado del 96. Hablan de una utilidad de Bs. 43.452.510, y ¿por qué no reparten a los socios esa utilidad?
¥El Consejo de Administración habla de eficiencia en el año 96. Pero... lo que recuerdan los socios son: comunicaciones donde se dice: no hay dinero, no hay dinero, no hay dinero. Los múltiples cheques rebotados a los asociados. Escamoteo de la mitad de nuestras utilidades del 95.
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